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REDACCIÓN
Viernes, 10 de marzo 2017, 16:23
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La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado al pago de una indemnización de 494.723 euros a un fontanero por la explosión de una caldera que carecía de dispositivos de seguridad, un dramático suceso ocurrido en la comarca de Campoo hace catorce años y que ahora termina su recorrido judicial. Este nuevo fallo permitirá al fin a las víctimas cobrar la indemnización, ya que la Audiencia corrige la sentencia de instancia que absolvía a la compañía aseguradora y ahora la condena a responder directa y solidariamente del pago de las cantidades hasta un límite de 245.212 euros.
La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado al pago de una indemnización de 494.723 euros a un fontanero por la explosión de una caldera que carecía de dispositivos de seguridad, un dramático suceso ocurrido en la comarca de Campoo hace catorce años y que ahora termina su recorrido judicial. Este nuevo fallo permitirá al fin a las víctimas cobrar la indemnización, ya que la Audiencia corrige la sentencia de instancia que absolvía a la compañía aseguradora y ahora la condena a responder directa y solidariamente del pago de las cantidades hasta un límite de 245.212 euros.
En esta nueva instalación, el acusado, Jesús C. C., no dispuso de regulación de temperatura ni de sistema alguno de expansión. Tampoco modificó los sistemas preexistentes de alivio de la sobrepresión ni los diámetros de las tuberías. Puede afirmarse que la actuación profesional del acusado faltó a las más mínimas normas de cuidado exigibles e infringió la legislación de seguridad sobre este tipo de instalaciones, explica la sentencia.
Tras llevar a cabo esta modificación, en enero de 2003 tuvo lugar una explosión en la caldera, que produjo graves lesiones físicas y psíquicas a los moradores de la vivienda, el matrimonio formado por Julia M. y José Antonio R.
A la mujer, que tuvo que ser sometida a tratamiento médico y quirúrgico durante varios meses, le quedan como secuelas la amputación de las dos piernas, cicatrices de quemaduras, graves secuelas estéticas y un trastorno depresivo reactivo. Actualmente, tiene reconocida una incapacidad permanente absoluta y requiere de asistencia para sus quehaceres habituales.
También sufrió heridas el marido, que requirieron varios meses de curación. Como secuelas, le han quedado problemas psíquicos que han derivado en su posterior incapacidad laboral.
La explosión produjo, además, daños en la vivienda que han sido tasados en 104.319 euros. Por todo ello, la Audiencia dispone una indemnización de 377.568 euros para la mujer; 12.835 euros para el hombre; 32.585 euros por los daños materiales que deberá pagar a ambos; y 71.735 euros para la aseguradora que adelantó parte de la indemnización por los daños en la vivienda. Esta sentencia es firme, por lo que no cabe recurso alguno contra la misma.
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